Las entidades exentas de impuestos pueden optar a pagos directos del Crédito Fiscal para la Inversión Fotovoltaica (ITC) en virtud de una disposición de la Ley de Reducción de la Inflación, aprobada recientemente en Estados Unidos. Anteriormente, para que los proyectos fotovoltaicos sin fines de lucro fueran económicamente viables, la mayoría de los usuarios que instalaban sistemas fotovoltaicos debían colaborar con promotores o bancos que pudieran beneficiarse de incentivos fiscales. Estos usuarios firman un contrato de compraventa de energía (PPA), en el que pagan al banco o promotor una cantidad fija, generalmente durante un período de 25 años.
Hoy en día, las entidades exentas de impuestos, como escuelas públicas, municipios y organizaciones sin fines de lucro, pueden recibir un crédito fiscal por inversión del 30 % del costo de un proyecto fotovoltaico mediante pagos directos, al igual que las entidades contribuyentes reciben el crédito al presentar sus impuestos. Además, los pagos directos facilitan que los usuarios sean propietarios de proyectos fotovoltaicos en lugar de simplemente comprar electricidad mediante un contrato de compraventa de energía (PPA).
Mientras la industria fotovoltaica espera la orientación oficial del Departamento del Tesoro de EE. UU. sobre la logística de los pagos directos y otras disposiciones de la Ley de Reducción de la Inflación, el reglamento establece los criterios básicos de elegibilidad. Las siguientes son las entidades elegibles para el pago directo del Crédito Fiscal a la Inversión Fotovoltaica (ITC).
(1) Instituciones exentas de impuestos
(2) Gobiernos estatales, locales y tribales de EE. UU.
(3) Cooperativas Eléctricas Rurales
(4) Autoridad del Valle de Tennessee
La Autoridad del Valle de Tennessee, una empresa de servicios públicos de electricidad de propiedad federal de EE. UU., ahora es elegible para recibir pagos directos a través del Crédito Fiscal a la Inversión Fotovoltaica (ITC)
¿Cómo cambiarán los pagos directos la financiación de proyectos fotovoltaicos sin fines de lucro?
Para aprovechar los pagos directos del Crédito Fiscal a la Inversión (ITC) para sistemas fotovoltaicos, las entidades exentas de impuestos pueden obtener préstamos de promotores fotovoltaicos o bancos y, una vez que reciben la financiación del gobierno, devolverla a la empresa que la otorgó, explicó Kalra. Posteriormente, pagan el resto en cuotas.
"No entiendo por qué las instituciones que actualmente están dispuestas a garantizar acuerdos de compra de energía y asumir riesgos crediticios con entidades exentas de impuestos se muestran reacias a otorgar préstamos para la construcción o préstamos a plazo para eso", dijo.
Benjamin Huffman, socio de Sheppard Mullin, dijo que los inversores financieros habían construido previamente estructuras de pago similares para subvenciones en efectivo para sistemas fotovoltaicos.
"Se trata básicamente de un préstamo basado en la financiación futura del gobierno, que puede estructurarse fácilmente para este programa", dijo Huffman.
La capacidad de las organizaciones sin fines de lucro de poseer proyectos fotovoltaicos puede hacer que la conservación de energía y la sostenibilidad sean una opción.
Andie Wyatt, directora de políticas y asesora legal de GRID Alternatives, afirmó: «Dar a estas entidades acceso directo y propiedad sobre estos sistemas fotovoltaicos es un gran avance para la soberanía energética de Estados Unidos».
Hora de publicación: 16 de septiembre de 2022